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¿Qué es el cambio de destino?

  • Víctor Cerda López
  • 23 mar 2018
  • 1 Min. de lectura

Es un trámite que tiene como objetivo final cambiar el uso de suelo de forma parcial o completa de una edificación.

¿Cuáles son los trámites que conlleva realizar un cambio de destino?

El proyecto de cambio de destino debe cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y con el Plan Regulador Comunal; y debe adjuntar los siguientes antecedentes:

-Formulario de solicitud firmado por el propietario y arquitecto patrocinante.

-Declaración simple de dominio por parte del propietario.

-Certificado de informaciones previas.

-Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado, otorgado por ESVAL (cuando corresponda)

-Patente profesional del arquitecto patrocinante y de cada profesional competente que interviene en el proyecto.

-Planos de arquitectura (Nº copias según DOM).

-Especificaciones técnicas (Nº copias según DOM).

-Proyecto de cálculo estructural o informe del ingeniero (cuando corresponda)

-Informe de revisión de cálculo estructural (cuando corresponda).

Ya lo sabes, si necesitas Asesoría en tu proyecto, contáctanos <Aquí>

 
 
 

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