¿Qué es el cambio de destino?
- Víctor Cerda López
- 23 mar 2018
- 1 Min. de lectura
Es un trámite que tiene como objetivo final cambiar el uso de suelo de forma parcial o completa de una edificación.
¿Cuáles son los trámites que conlleva realizar un cambio de destino?
El proyecto de cambio de destino debe cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y con el Plan Regulador Comunal; y debe adjuntar los siguientes antecedentes:
-Formulario de solicitud firmado por el propietario y arquitecto patrocinante.
-Declaración simple de dominio por parte del propietario.
-Certificado de informaciones previas.
-Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado, otorgado por ESVAL (cuando corresponda)
-Patente profesional del arquitecto patrocinante y de cada profesional competente que interviene en el proyecto.
-Planos de arquitectura (Nº copias según DOM).
-Especificaciones técnicas (Nº copias según DOM).
-Proyecto de cálculo estructural o informe del ingeniero (cuando corresponda)
-Informe de revisión de cálculo estructural (cuando corresponda).
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